Por: Julián Molina y Sebastián Ruiz
El derecho penal en Colombia es un sistema legal que regula las conductas consideradas como delitos y las sanciones correspondientes aplicables a quienes las cometen. Este sistema se encuentra principalmente contenido en el Código Penal colombiano, junto con otras leyes complementarias y disposiciones jurisprudenciales.
El Código Penal colombiano define una amplia gama de conductas delictivas, desde delitos contra la vida y la integridad personal, como el homicidio y las lesiones personales, hasta delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente.
El derecho penal medioambiental en Colombia es una rama del derecho que busca proteger el medio ambiente y los recursos naturales a través de la aplicación de normativas penales; en un país tan diverso en términos de biodiversidad como Colombia, la protección del medio ambiente es de vital importancia no solo para preservar la riqueza natural del país, sino también para garantizar el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
El marco legal que regula el derecho penal medioambiental en Colombia se compone principalmente de la Constitución Política de 1991, la cual reconoce el derecho a un ambiente sano y establece la responsabilidad del Estado y de los ciudadanos en su protección y conservación; además, existen leyes específicas y decretos que establecen los delitos ambientales y las sanciones correspondientes.
Uno de los pilares fundamentales del derecho penal medioambiental en Colombia es la Ley 1333 de 2009, que establece el régimen sancionatorio ambiental y define una serie de conductas consideradas como delitos contra el medio ambiente. Esta ley contempla sanciones que van desde multas económicas hasta la clausura de actividades que generen daño ambiental, así como la responsabilidad penal de las personas naturales o jurídicas que cometan estos delitos. Sin embargo, la Ley 2111 de 2021, por medio de la cual se sustituye el título XI “De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente” del Código Penal y se modifica el Código de Procedimiento Penal, trajo consigo la creación de nuevos tipos penales, los cuales respecto de su aplicación dentro de nuestro territorio colombiano se desconocen por la biodiversidad cultural, sin que ello sea un obstáculo para que la Fiscalía administrando justicia de estricto cumplimiento.
Al respecto de las proscripciones normativas en tratándose de los delitos medioambientales, el ordenamiento jurídico contempló el tráfico de fauna (art. 328.A), manejo ilícito de especies exóticas (art. 329), deforestación (art. 330), promoción y financiación de la deforestación (art. 330A), daños a los recursos naturales y ecocidio (art. 333), financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica (art. 336 A), apropiación ilegal de baldíos de la nación (art. 337) y financiación de la apropiación ilegal de los baldíos de la nación (art. 337 A), del mismo modo se señalan una serie de circunstancias de agravación punitiva y de disminución punitiva para los casos en los que los delitos de daños en los recursos naturales y ecocidio, contaminación ambiental y contaminación ambiental por explotación de yacimiento minero o de hidrocarburos se realicen en la modalidad culposa.
Además de las leyes nacionales, Colombia también se ha comprometido con la protección del medio ambiente a través de tratados internacionales y acuerdos multilaterales, como el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Kioto, los cuales establecen compromisos para la conservación de la biodiversidad y la mitigación del cambio climático.
Sin embargo, y a pesar de los avances en materia legislativa, el derecho penal medioambiental en Colombia enfrenta varios desafíos en cuanto a su aplicación efectiva. La falta de recursos humanos y técnicos en las entidades encargadas de hacer cumplir la ley, la corrupción, la impunidad y la falta de conciencia ambiental que son algunos de los obstáculos que limitan la eficacia de las medidas de protección ambiental.