Por: Carolina Sampedro.
En Colombia, las Obras por Impuestos han sido un mecanismo efectivo para fomentar la inversión privada en proyectos de desarrollo en regiones afectadas por el conflicto armado o con altos índices de pobreza. Este esquema permite a las empresas destinar una porción de sus obligaciones tributarias a proyectos de infraestructura y servicios, promoviendo el desarrollo económico y social. Tradicionalmente, estas inversiones se han enfocado en áreas como educación, salud pública, energía, agua potable, vías terciarias y mitigación del cambio climático.
Actualmente, se encuentra en curso en la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley 371/2024C, que propone una modificación al artículo 800-1 del Estatuto Tributario para incluir viviendas de interés social y prioritario (VIS y VIP) como un componente elegible dentro del esquema de Obras por Impuestos. Esta reforma representa un paso significativo hacia la ampliación del impacto social y territorial del mecanismo, al atender el déficit habitacional en municipios con necesidades críticas. Adicionalmente, se contempla la posibilidad de que estos proyectos se desarrollen en jurisdicciones estratégicas para la reactivación económica y social, incluso fuera de las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC).
El proyecto de ley busca:
- Ampliar la cobertura territorial de las Obras por Impuestos, permitiendo su implementación en todos los municipios del país donde:
- El déficit habitacional supere el 20%.
- Existan predios públicos saneados, listos para proyectos habitacionales.
- Incluir viviendas VIS y VIP en zonas urbanas dentro del marco de inversión permitido. Esta medida se alinea con los objetivos de desarrollo social y mejoramiento de la calidad de vida de las poblaciones más vulnerables.
- Promover la participación del sector privado en soluciones habitacionales, incentivando la construcción de viviendas a través de beneficios tributarios que incentiven estas inversiones.
Este Proyecto de Ley representa una oportunidad estratégica para ampliar el alcance del esquema de Obras por Impuestos, atendiendo una de las necesidades sociales más apremiantes del país: el acceso a vivienda digna. Si se aprueba, esta reforma contribuirá significativamente al desarrollo urbano y social en Colombia, fortaleciendo el tejido social y promoviendo una distribución más equitativa de los recursos en el territorio nacional y permitiendo a las empresas privadas, ampliar el alcance de sus iniciativas sociales utilizando la figura de obras por impuestos.
Ahora bien, la aplicación del esquema de Obras por Impuestos para la construcción de Viviendas de Interés Social (VIS) y Viviendas de Interés Prioritario (VIP) tendrá una vigencia inicial de tres (3) años. Durante este período, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, será el encargado de definir los municipios que cumplan con las condiciones establecidas para implementar este mecanismo.
Desde SavviaLegal, brindamos asesoría integral a las empresas privadas interesadas en implementar este modelo de inversión, asegurando el cumplimiento de los requisitos normativos y maximizando los beneficios sociales y fiscales que ofrece esta herramienta.es que ofrece esta herramienta.