Por: Julián Molina.

La Ley 2111 de 2021 representa un avance significativo en la protección del medio ambiente en Colombia al reformar el Título XI del Código Penal, por cuanto su objeto pretende el enfoque de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. Esta reforma no solo actualiza las tipificaciones penales existentes, sino que también introduce nuevos delitos y establece penas más severas para quienes atenten contra el entorno natural.

A la luz del la Ley 2111 de 2021 en el Contexto del Derecho Penal Ambiental, se tiene la modificación y adición de tipos penales no consagrados en el Estatuto Penal de la Ley 599 del 2000, tipificando nuevos delitos, penas aplicables entre otras consideraciones.

La Ley 2111 de 2021 en su contenido actualizó y creo los delitos ambientales modificando delitos preexistentes, como la contaminación ambiental y la pesca ilegal, e introduciendo nuevos tipos penales, entre ellos:

  1. Deforestación: Penaliza la tala indiscriminada de bosques, reconociendo su impacto en la biodiversidad y el cambio climático.
  1. Ecocidio: Considera delito las acciones que causen daños graves y extensos al medio ambiente.
  1. Tráfico de fauna: Sanciona el comercio ilegal de especies silvestres, protegiendo la biodiversidad colombiana.

En igual sentido Incrementó las Penas e introdujo Agravantes que por su naturaleza aumentó las sanciones privativas de la libertad y las multas en aproximadamente un 25%, además, estableció agravantes específicos para ciertos delitos e incorporó diez causales de agravación comunes, reforzando la respuesta penal ante conductas lesivas al medio ambiente.

Frente a las disposiciones taxativas de culpabilidad, trató la Responsabilidad Penal Culposa contemplando la imputación culposa en delitos como daños a recursos naturales, ecocidio y contaminación ambiental, permitiendo sancionar conductas negligentes que afecten el entorno.

Frente a las políticas por su objeto, la Ley Fortaleció Institucionalmente la Fiscalía General de la Nación, al crear la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, con el objetivo de mejorar la investigación y judicialización de estos delitos. 

Al tenor del Esquema de Prevención, la Ley 2111 de 2021 complementó las disposiciones penales y promovió la protección ambiental, a partir de los siguientes criterios.

  • Educación y Concienciación Ambiental: Implementó programas educativos que informan a la ciudadanía sobre la importancia de conservar el medio ambiente y las consecuencias legales de su deterioro.
  • Fortalecimiento de la Vigilancia Ambiental: Utilizó tecnologías avanzadas, como drones y sistemas de monitoreo satelital, para detectar y prevenir actividades ilegales en áreas protegidas.
  • Incentivos para Prácticas Sostenibles: Ofreció beneficios fiscales o subsidios a empresas y comunidades que adopten prácticas ecológicas y contribuyan a la conservación de los recursos naturales.
  • Participación Comunitaria: Fomentó la creación de veedurías ciudadanas que supervisen y denuncien actividades que atenten contra el medio ambiente, fortaleciendo la colaboración entre la sociedad civil y las autoridades.

No obstante la modificación que introdujo la norma, bajo los preceptos del Estatuto Penal no se escapan los Escenarios de Atipicidad de la Conducta en tratándose de los delitos contra el medio ambiente, puesto que la ley también reconoce situaciones donde ciertas conductas, aunque relacionadas con el uso de recursos naturales, no constituyen delito, a saber.

  • Pesca de Subsistencia: No se considera delito cuando se realiza conforme a la normativa vigente y es esencial para la supervivencia de comunidades locales.
  • Actividades de Comunidades Indígenas y Afrodescendientes: La apropiación de baldíos por parte de estas comunidades, cuando es vital para su subsistencia, no genera responsabilidad penal. 

Estos escenarios buscan equilibrar la protección ambiental con los derechos y necesidades de comunidades que dependen directamente de los recursos naturales para su supervivencia.

En resumen, la Ley 2111 de 2021 refuerza el marco jurídico colombiano en materia de delitos ambientales, combinando sanciones más estrictas con medidas preventivas y reconociendo contextos específicos de atipicidad para proteger tanto el medio ambiente como los derechos de las comunidades tradicionales.

Publicaciones Similares