Por: Daniela Ramos.
La promulgación de la Ley 2437 de 2024 en Colombia representa un hito significativo en la evolución del régimen de insolvencia empresarial, consolidando y haciendo permanentes disposiciones que, hasta hace poco, operaban bajo la figura de decretos legislativos transitorios. Entre sus mecanismos más innovadores y de mayor impacto, la descarga de pasivos emerge como una herramienta fundamental diseñada para ofrecer una segunda oportunidad a las empresas viables pero abrumadas por una carga de deuda insostenible.
El principal beneficio de la descarga de pasivos, tal como lo concibe la Ley 2437 de 2024, radica en la facultad de ajustar la estructura de capital de una empresa a su verdadera capacidad de generación de valor. Cuando el pasivo de un deudor excede su valoración como empresa en marcha, la ley permite que el acuerdo de reorganización disponga la descarga o condonación de esa porción de deuda excedente. Esto se traduce directamente en un alivio financiero sustancial para la compañía, liberándola de una carga que de otra manera la llevaría irremediablemente a la liquidación; al permitir que la deuda se adapte al valor real de la empresa, se busca garantizar la continuidad de las operaciones, la protección de los puestos de trabajo y la reactivación económica, evitando el colapso de unidades productivas que, aunque en crisis, poseen un valor intrínseco y potencial de recuperación.
Además de este salvavidas financiero, la descarga de pasivos promueve la agilización y flexibilización de los procesos de reorganización al ofrecer una solución definitiva para el sobreendeudamiento, puesto que reduce la incertidumbre y se incentiva a los deudores a buscar activamente acuerdos de reorganización. Esta medida, complementada con otros mecanismos como la capitalización de pasivos y los pactos de deuda sostenible, dota al sistema de insolvencia de una mayor capacidad de adaptación a diversas situaciones de crisis, fomentando la reestructuración por encima de la liquidación forzosa.
No obstante, la descarga de pasivos no está exenta de consideraciones críticas, toda vez que el beneficio para el deudor implica, por definición, una pérdida para los acreedores; si bien la ley establece salvaguardas para ciertos créditos prioritarios, como las acreencias laborales, pensionales y alimentarias, así como la protección razonable de acreedores garantizados, la carga de la condonación recae principalmente sobre otros tipos de acreedores, como proveedores no garantizados e instituciones financieras, lo cual permite la equidad y la distribución de las pérdidas en el ecosistema empresarial. La potencial erosión de confianza en el sistema crediticio, aunque mitigada por la necesidad de una valoración rigurosa y la aprobación de la mayoría de los acreedores, es un riesgo latente que debe ser gestionado.
Adicionalmente la Ley 2437 exige que la descarga de pasivos se sustente en una valoración elaborada con metodología generalmente aceptada. Sin embargo, la determinación del valor de una empresa en crisis es un ejercicio que, a pesar de su rigor técnico, siempre contendrá elementos de juicio y proyecciones futuras que pueden ser objeto de controversia.
En conclusión, la descarga de pasivos, elevada a rango de ley permanente con la Ley 2437 de 2024, es una herramienta poderosa y necesaria en el régimen de insolvencia colombiano. Sus beneficios en la salvaguarda de empresas, la protección del empleo y la reactivación económica son incuestionables, permitiendo una oxigenación financiera que, en muchos casos, es la única vía para la supervivencia de negocios con potencial. Sin embargo, su implementación exitosa dependerá no solo del marco legal, sino también de la capacidad del sistema judicial y los operadores del régimen de insolvencia para aplicar sus disposiciones con la debida diligencia, asegurando valoraciones justas y buscando un equilibrio equitativo para el deudor y la protección razonable de los derechos de los acreedores. Solo así, la descarga de pasivos podrá cumplir plenamente su propósito de fortalecer el tejido empresarial del país sin menoscabar la confianza en el sistema financiero.