Por: Daniela Ramos.
La decisión tomada mediante sentencia T-448 de 2023 se efectuó bajo un enfoque de género, en el cual se logró la protección laboral y a la seguridad social de las mujeres, hombres trans y personas no binarias que presentaban endometriosis.
La Corte Constitucional efectúa un recuento de las circunstancias que permiten establecer la existencia de un fuero de salud que como consecuencia otorga la estabilidad laboral reforzada que implica la imposibilidad de ser despedido sin una causa objetiva y con el permiso del Ministerio del Trabajo para tal.
Es importante precisar que para que exista el mencionado fuero y sea posible determinar que el despido fue ineficaz se deben tener en cuenta entre otras cosas que: 1. El trabajador padezca o tenga una circunstancia médica o de salud que le impida o dificulte la realización del trabajo; 2. que esa condición sea conocida por el empleador y 3. que no exista una causa justificada para justificar el despido.
Teniendo en cuenta que las circunstancias médicas pueden variar, se entiende que la empleada esta en un estado de debilidad manifiesta cuando existen hallazgos de la enfermedad o afectación en el examen médico de egreso, existe una incapacidad temporal otorgada días antes del despido, o que se encontraba vigente, existe el diagnostico de una enfermedad y existe un tratamiento médico o la enfermedad es producto de un accidente de trabajo que lo generó.
En el caso puntual se analizó la situación de la empleada que iba a ser intervenida quirúrgicamente por presentar y fue despedida dos días antes de la mencionada, situación que fue notificada al empleador, quien conocía su condición de salud por haber recibido por parte de la misma varias incapacidades temporales asociados por el diagnostico de endometriosis y tumor ovárico de comportamiento incierto o desconocido, así mismo se pudo determinar de acuerdo con los estudios clínicos y científicos desarrollados que la endometriosis produce varias molestias que infieren de manera negativa con el desempeño al ocasionar : “[1](i) dolor crónico, (ii) constantes periodos de ovulación, (iii) mayor frecuencia de la menstruación que se presenta con fuerte sangrado y dolor; (iv) producción cíclica de hormonas esteroides, (v) enfermedad inflamatoria intestinal, (vi) reflujo gastrointestinal e (vii) infertilidad”.
Teniendo en cuenta la variedad de síntomas hace posible que el tratamiento no sea entregado de manera oportuna, por la falta de diagnóstico temprano, se puede correr el riesgo de desestimar la condición de salud de los trabajadores, es por ello que la Corte Constitucional efectúa además un llamado a los empleadores para analizar la estabilidad laboral reforzada bajo un enfoque de género, para lo cual también ordenó al Ministerio del Trabajo el diseño de una política en aras de formar a los empleadores en este aspecto.
[1] https://www.elsevier.es/es-revista-clinica-e-investigacion-ginecologia-obstetricia-7-articulo-endometriosis-un-largo-camino-S0210573X21000459