Por: Daniela Ramos
La Superintendencia de Sociedades emitió la Circular Externa 100-000010 del 2023, mediante la cual acopla los parámetros que han sido planteados en el Acuerdo de Paris, que está en vigor desde el 4 de noviembre de 2016, con el fin de unir esfuerzos para combatir y prevenir los efectos del cambio climático, con el propósito de limitar el calentamiento global por debajo de los 2°C, cuyas metas están trazadas inicialmente por medio de la identificación de los factores e impacto ambiental que se está generando en el ejercicio de la operación empresarial, con miras a determinar planes que sean suficientemente útiles para mitigar, reducir, o evitar el impacto negativo que se esté contribuyendo con la contaminación y/o el calentamiento global; o que tenga la vocación de causar algún impacto.
Al respecto se efectuaron recomendaciones con el fin de que algunas sociedades vigiladas por la mencionada, del sector minero-energético, manufactura, construcción, turismo, telecomunicaciones y nuevas tecnologías, que con corte a 31 de diciembre tengan ingresos o activos iguales o superiores a 40.000 salarios mínimos, es decir cuarenta y seis mil cuatrocientos millones de pesos $46.400.000.000, como lo son la implementación de un proceso de debida diligencia, que de conformidad con la normatividad ambiental colombiana e internacional podrían comprender entre otras cosas los siguientes procesos:
- Definición de objetivos, metas ASG e indicadores de sostenibilidad alineados a ODS y Acuerdo de París.
- Implementación de planes de acción para reducción de emisiones y compensación de huella de carbono.
- Implementación de iniciativas de eficiencia energética. Evaluación de necesidades de compensación de huella de carbono.
- Revisión exhaustiva del programa o proyecto de mitigación del cambio climático (PMCC).
Teniendo en cuenta que los procesos indicados permiten la promoción de practicas empresariales en materia de sostenibilidad, en procura de contribuir al desarrollo económico mediante el aprovechamiento de los recursos, además es importante indicar que con su aplicación es posible acceder a ciertos beneficios tributarios que ha otorgado el gobierno y que posiblemente pocas empresas conozcan, como lo son la exclusión del IVA en compras nacionales e importación de servicios, en gravámenes arancelarios, descuento en el impuesto de renta.
Aunque actualmente las directrices planteadas en la Circular de la Superintendencia de Sociedades son simplemente recomendaciones, de acuerdo con la problemática ambiental a la que nos estamos enfrentando y los objetivos internacionales que se pretenden cumplir, es posible y se espera que los procedimientos mencionados sean planteados de manera progresiva y gocen de obligatoriedad para no solo los sectores objeto de la recomendación, sino por el contrario para todas las empresas colombianas.